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Foto del escritorEmiliano Damonte

La Corte de Casacion pidió al CSM y a la CSJN que sustituya a la Jueza Figueroa

Los compañeros de la Cámara de Casación Penal de la jueza Figueroa, que ayer cumplió 75 años, notificaron de la situación a la Corte Suprema, entendiendo que no debería permanecer en el cargo sin mediar una resolución del Senado.


La Jueza FIgueroa cumplió 75 años el miércoles y el Senado no pidió la extención de su servicio


 

Jubilación de la Jueza Figueroa

Los jueces de la Cámara de Casación Penal le notificaron a la Corte Suprema de Justicia y al Consejo de la Magistratura que al cumplir ayer 75 años y no tener un nuevo acuerdo del Senado, la jueza Ana María Figueroa “podría haber cesado” en sus funciones, y sugirieron que se debe cubrir su vacante.

Las dos notas enviadas al juez Horacio Rosatti, que cumple las funciones de presidente de la Corte y del Consejo de la Magistratura, fueron firmadas por el juez Mariano Borinsky, a cargo de la presidencia de la Cámara de Casación, y por los presidentes de cada una de las Salas de la Cámara: Diego Barroetaveña (de la Sala I y que también es consejero de la Magistratura), Daniel Petrone (que subroga en la Sala III), Gustavo Hornos (por la Sala IV) y Guillermo Yacobucci (por la Sala II).

En el texto, los jueces adjuntan el acta de la reunión del martes pasado donde Figueroa les dijo a sus colegas que se iba a quedar en su cargo mas allá de los 75 años porque interpretaba que una reglamentación de 2017 del Consejo de la Magistratura, ya caduca, la habilitaba “provisoriamente” para esperar el acuerdo del Senado. Y les dijo que no iba a firmar sentencias ni resoluciones, por lo que dejaba la presidencia de la Cámara.

Las notas enviadas hoy recuerdan esa situación y agregan que todo eso está motivado en que “la Dra. Ana María Figueroa cumplió los 75 años de edad el pasado 9 de agosto, y como es de público conocimiento no se ha completado al día de la fecha el trámite parlamentario para un nuevo nombramiento”.

“Atento a que de acuerdo a lo previsto en el art. 99 inc. 4° tercer párrafo de la CN y en Fallos: 340:257, caratulado “Schiffrin Leopoldo Héctor c/ Poder Ejecutivo Nacional” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la situación podría devenir en el cese de sus funciones, se remiten las copias a sus efectos.

Corte Suprema de Justicia de la Nación

En términos jurídicos, le dicen al Consejo y a la Corte que Figueroa podría no ser más jueza y que son ellos los que deben decidir si llaman a concurso para cubrir su vacante, si juntan esta vacante con otras de un concurso en trámite, si directamente pasan el asunto a la Anses para jubilarla, o si por el contrario entienden que puede seguir en esta situación.

La jueza Figueroa no participó de la reunión de Superintendencia donde sus colegas firmaron esta nota, pero previamente mantuvo un largo encuentro con su colega Borinsky.

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