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El Procurador General dictaminó que es inconstitucional la reelección indefinida de Gildo Insfrán

  • Foto del escritor: Emiliano Damonte
    Emiliano Damonte
  • 11 dic 2024
  • 2 Min. de lectura

El Procurador General interino, Eduardo Casal, dictaminó que es inconstitucional la reelección indefinida del cargo de gobernador en Formosa, cargo liderado por Gildo Insfrán desde 1995, con ocho mandatos consecutivos; el tema queda en manos de la Corte Suprema


Gildo Insfrán
Gildo Insfrán

Casal hizo lugar a un amparo de la oposición contra los planes del gobernador y ahora debe definir la Corte Suprema, que quedó en condiciones de resolver al respecto tras concretarse los pasos previos a que el máximo tribunal determine su pronunciamiento.


El jefe de los fiscales consideró: “Cabe concluir que el sistema republicano consagrado en la Constitución Nacional y que las provincias se han obligado a respetar implica la limitación del poder. Las múltiples reelecciones sucesivas -potencialmente indefinidas- conspiran contra la finalidad propia del Estado de Derecho, pues dado el modo de funcionamiento de nuestras instituciones, la perpetuación en el poder erosiona el principio de separación de poderes”.


Respecto al vitalicio mandato de Gildo Insfrán, Casal mencionó el artículo 132° de la Constitución de Formosa, que establece que “el Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”. El jefe de los fiscales consideró que este artículo “se aparta de la necesaria periodicidad y renovación del mandato de las autoridades allí previstas, lo que resulta violatorio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Constitución Nacional”.


Casal citó al juez de la Corte Carlos Rosenkrantz cuando escribió: “Tanto quienes fueron parte decisiva de la organización constitucional argentina en su período fundacional como quienes participaron en su reforma más significativa hasta el día de hoy tuvieron una clara preocupación por limitar la concentración del poder y evitar la posibilidad de la perpetuación en su ejercicio mediante reelecciones sucesivas múltiples”


Casal fundamentó de que el Poder Ejecutivo es diferente del Legislativo y del Judicial, en cuanto a la posibilidad de que los jueces son vitalicios, en que el del gobernador y vicegobernador son cargos de carácter unipersonal.


A modo de ejemplo señaló que varios mandatos consecutivos amplían las posibilidades de nombrar o incidir en la integración de otros poderes públicos, o de aquellos órganos encargados de controlarlos.


 
 
 

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