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Foto del escritorEmiliano Damonte

Corrupción K: confirmaron la pena de 5 años de prisión a Claudio Minicelli

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este jueves la pena de cinco años de cárcel que le había sido impuesta a Claudio “El Mono” Minicelli, cuñado del ex ministro de Planificación Julio De Vido, por los delitos de contrabando y asociación ilícita en la causa conocida como la Mafia de los Contenedores. La denuncia fue llevada a cabo por Patricia Bullrich, hoy candidata a Presidente por Juntos por el Cambio


Claudio Minicelli, cuñado de Julio De Vido, condenado a 5 años de prisión; la denuncia la había realizado Patricia Bullrich

 

Denuncia de Patricia Bullrich

Minnicelli había sido detenido el 16 de agosto de 2017 en Chapadmalal, en las afueras de Mar del Plata, después de haber estado prófugo de la Justicia durante más de 200 días, tras una espectacular fuga.

La denuncia la había hecho la ex ministra de Seguridad y actual candidata a presidenta de Juntos por el Cambio, Patricia Bullrich, primero en el fuero federal desde el cual pasó al fuero en lo penal económico.

Rechazo a los recursos interpuestos

Los camaristas Diego Barroetaveña y Daniel Petrone de la sala I de Casación lo hicieron al rechazar el recurso de casación y el planteo de inconstitucionalidad presentado por los abogados Esteban Lascano y Ángel José Gatti, defensores de Minnicelli.

El fallo confirma la investigación del juez en lo penal económico Marcelo Aguinsky en marzo de 2016, con el apoyo de la Aduana y la Procuraduría de Criminalidad Económicas y Lavado de Activos (Procelac), donde se investigó el contrabando de unos 2500 contenedores.

Penas confirmadas

También fueron confirmadas las penas de prisión impuestas por el Tribunal en lo Penal Económico (TOPE) N° 2 para el empresario Oldemar Carlos “Cuki” Barreiro Laborda, (ocho años de cárcel); Federico Tiscornia Salort, hermano del exjuez en lo penal económico Guillermo Tiscornia, y a los exfuncionarios de la Dirección General de Aduanas (DGA) Edgardo Paolucci, Osvaldo Giacumbo y Mauro Delmastro, y al empresario Sung Ku Hwang, conocido como Mister Korea, entre otros.

“El juicio de reproche que se les dirige a los acusados reposa principalmente en dos pilares probatorios de indiscutible valor de convicción, que han sido prudente y acertadamente analizados por el sentenciador y que permiten arribar al juicio de reproche cuestionado con el grado de certeza que el veredicto requiere”, dicen en el fallo de los jueces Barroetaveña y Petrone.

“Esos pilares están constituidos por las reveladoras conversaciones mantenidas entre los acusados, respaldadas a su vez por la contundente declaración brindada por el imputado Tiscornia Salort, que permitió reconstruir con certeza apodíctica las maniobras llevadas a cabo por los acusados. A lo que se adunan los demás elementos de convencimiento incorporados al debate, constituidos por abundantes testimonios de expertos aduaneros, peritajes, informes y documentación secuestrada”, agregan.

“Los elementos cargosos valorados por el juzgador, partiendo de las ya referidas conversaciones mantenidas entre los acusados y sumados a los dichos de un coimputado, permitieron –en consonancia con el resto de la prueba producida-, comprender de qué manera articularon una sofisticada estructura ilícita destinada a cometer delitos aduaneros, desplegando maniobras complejas que, al amparo de una normativa especialmente dictada por uno de los funcionarios inculpados -para otorgarle visos de legalidad a la operación-, permitieran ingresar a territorio nacional mercadería proveniente del exterior, burlando los controles aduaneros establecidos al efecto”, afirmaron los camaristas del máximo tribunal penal del país..

“La corrupción enquistada en los cimientos mismos del Estado, como la sustracción de los recursos con los que este debiera contar para concretar sus objetivos, son daños cuyas consecuencias trascienden toda consideración individual para convertirse en un problema sistémico que erosiona toda la vida en comunidad”, afirmó el magistrado en la citada resolución. En el expediente, el Ministerio Público estuvo representado por la fiscal María Gabriela Ruiz Morales.

Confirmación de la Sentencia

La sentencia, que fue confirmada ahora por el máximo tribunal del país, fue dictada por los jueces Luis Losada, Claudio Gutiérrez de la Cárcova y César Lemos en noviembre de 2019. Casi cuatro después fue ratificada.

“El razonamiento seguido por el tribunal de juicio para establecer la materialidad de los hechos y determinar el grado de participación de los encartados en cuestión en aquellos sucesos está exento de fisuras lógicas o de violación alguna a las reglas de la sana crítica, pues el plexo probatorio producido en la encuesta configura un cuadro cargoso de entidad suficiente para alcanzar la certeza apodíctica que exige un pronunciamiento de condena y, correlativamente, desvirtuar la presunción de inocencia de que gozan los imputados durante la sustanciación del proceso”, se sostuvo en el fallo firmado por Barroetaveña y Petrone.

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